Del concepto a la medición: la aplicación práctica de la definición de aborto peligroso utilizada en la OMS
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el aborto
peligroso como una intervención destinada a la interrupción de un
embarazo practicada ya sea por personas que carecen de la preparación
necesaria o en un entorno que no reúne las condiciones médicas mínimas, o
ambas cosas a la vez. En esa definición se plasman conceptos esbozados
por primera vez en una consulta técnica de la OMS efectuada en 1992. 1
Si bien es una definición muy utilizada, su interpretación no es
uniforme. En el presente editorial se analiza su correcta interpretación
y aplicación práctica.
La definición de aborto peligroso utilizada en la OMS se
conceptualizó en el marco de unas nuevas directrices sobre la gestión de
las complicaciones en un aborto provocado y debía interpretarse en ese
contexto. Ese vínculo con la guía técnica es fundamental para su
correcta interpretación. Nada en la definición predetermina quién debe
considerarse prestador de servicios de aborto «sin riesgos» ni cuáles
deberían ser las condiciones o preparación adecuadas para practicar
abortos. Esos elementos no son estáticos; evolucionan en consonancia
con las recomendaciones de la OMS basadas en pruebas.
Por ejemplo, en la guía de la OMS se recomienda en estos
momentos administrar mifepristona y misoprostol (o solamente misoprostol
si no se dispone de mifepristona) y efectuar una aspiración en lugar
del legrado utilizado en el pasado. Actualmente se consideran sin
riesgos los abortos provocados practicados en el ámbito de la atención
primaria o por dispensadores de atención de salud no médicos. 2
Se espera que las directrices sobre delegación de funciones en proceso
de elaboración arrojen luz sobre quién puede practicar sin riesgos un
aborto con arreglo a las normas actualmente en vigor.
Para una interpretación correcta de la expresión «aborto
peligroso», recomendamos que se incluya siempre junto con la definición
una nota explicativa que rece así: «Las personas, preparación y
condiciones médicas consideradas seguras en la prestación de servicios
de aborto son diferentes para el aborto médico y quirúrgico y además
dependen de la duración del embarazo. Lo que se considera “seguro” debe
interpretarse en consonancia con la guía técnica y de políticas actual
de la OMS».
Si bien los abortos peligrosos son, por definición,
arriesgados, por lo que respecta a la seguridad no puede establecerse
una dicotomía porque el riesgo está presente de manera continua. El
riesgo es mínimo si se utiliza un método basado en pruebas para
interrumpir un embarazo en sus etapas iniciales en un centro de salud; 3
es máximo si se emplea un método peligroso, como el uso de sustancias
cáusticas por vía oral o vaginal o la introducción de palos en el útero,
para interrumpir de forma clandestina un embarazo avanzado. Entre los
dos extremos hay todo un espectro de riesgos. En paralelo con ese
espectro, por ejemplo, se dan casos de autoadministración de misoprostol
o la intervención de dispensadores de atención de salud experimentados
que utilizan procedimientos anticuados, como el legrado.
Los determinantes inmediatos de los riesgos de un aborto
provocado, como el método utilizado para la interrupción del embarazo y
la edad gestacional, se ven influidos, a su vez, por determinantes
sociales subyacentes: es decir, el contexto jurídico, la disponibilidad
de servicios de aborto sin riesgos, el nivel de estigmatización que
rodea el aborto, el grado de acceso de la mujer a información sobre el
aborto, así como la edad de la mujer y su situación socioeconómica. El
contexto jurídico y el nivel de seguridad están estrechamente
entrelazados, pero la asociación depende del contexto.
Por ejemplo, cuando se interpretan de forma liberal leyes
restrictivas, las mujeres pueden recibir atención segura en determinados
contextos; por el contrario, cuando se aplican de forma deficiente
leyes liberales, las mujeres a veces abortan con retraso y en
condiciones peligrosas. Así pues, aborto ilegal no es sinónimo de aborto
peligroso, como se indica en la definición original: «… la legalidad o
ilegalidad de los servicios, sin embargo, puede no ser el factor que
defina su seguridad […] la seguridad del aborto debe considerarse en el
marco de contextos jurídicos y jurídicamente restringidos».1
Referencias
- Maternal Health and Safe Motherhood Programme. The prevention and management of unsafe abortion: report of a technical working group (WHO/MSM/92.5). Geneva: World Health Organization; 1993. Available from: whqlibdoc.who.int/hq/1992/WHO_MSM_92.5.pdf [accessed 7 February 2014].
- Safe abortion: technical and policy guidance for health systems. 2nd ed. Geneva: World Health Organization; 2012. Available from: apps.who.int/iris/bitstream/10665/70914/1/9789241548434_eng.pdf [accessed 7 February 2014].
- Bartlett LA, Berg CJ, Shulman HB, Zane SB, Green CA, Whitehead S, et al., et al. Risk factors for legal induced abortion-related mortality in the United States. Obstet Gynecol 2004; 103: 729-37 http://dx.doi.org/10.1097/01.AOG.0000116260.81570.60 pmid: 15051566.
- Unsafe abortion: global and regional estimates of the incidence of unsafe abortion and associated mortality in 2008. 6th ed. Geneva: World Health Organization; 2011. Available from: whqlibdoc.who.int/publications/2011/9789241501118_eng.pdf [accessed 7 February 2014].
- Abortion: a tabulation of available data on the frequency and mortality of unsafe abortion. 2nd ed. Geneva: World Health Organization; 1994. Available from: libdoc.who.int/hq/1990/WHO_MCH_90.14.pdf [accessed 7 February 2014].
No hay comentarios:
Publicar un comentario